Consejo Consultivo Laboral Andino

Es una institución consultiva, que tiene por objeto asegurar una efectiva participación de los trabajadores en el proceso de integración.

Creación

26 de setiembre de 2007.

Pronunciamientos

Opiniones y acuerdos.

Integrantes

Está integrado por un delegado indígena de cada uno de los Países Miembros y organizaciones regionales en calidad de observadores.

Dirección

El Presidente ejerce la representación del Consejo. El cargo es ejercido por un año, siguiendo el orden de prelación establecido para los demás órganos del SAI.

Funciones

Emitir opinión no vinculante ante el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, la Comisión o la Secretaría General y participar con derecho voz en las Reuniones del CAMRE y la Comisión.

Funcionamiento

Se reúne ordinariamente por lo menos dos veces al año. También puede reunirse con carácter extraordinario.

Más información