Consejo de la Unión Europea prorrogó el Sistema Generalizado de Preferencias Andino
Consejo de la Unión Europea prorrogó el Sistema Generalizado de Preferencias Andino
14 de diciembre de 2001. El pasado 10 de diciembre del 2001, el Consejo de la Unión Europea aprobó el nuevo Reglamento (Ley) relativo a la aplicación de un plan de preferencias arancelarias generalizadas para el período comprendido entre el 1° de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2004.En dicho Reglamento se incluyen las preferencias para esta subregión, conocidas como SGP Andino y vigentes desde el 13 de noviembre de 1990 como apoyo de la Unión Europea a la lucha de los países de la Comunidad Andina contra la droga, bajo el principio de responsabilidad compartida.
El nuevo Reglamento, además de beneficiar a los países andinos, así como a las naciones centroamericanas y Panamá, amparadas desde 1995, también amplía sus beneficios, en esta oportunidad, a Pakistán.
Se contempla, además, una eventual renovación del sistema preferencial andino para el decenio 2005-14, dependiendo de la evaluación general de resultados que se haga durante el trienio 2002-04 y, muy especialmente, de la observancia de las principales normas laborales de la OIT por parte de los países beneficiarios, de su desempeño en la lucha contra las drogas y del aprovechamiento efectivo de las preferencias durante el período 2002-04.
Dicha evaluación estará a cargo de la Comisión Europea, la cual tendrá presentes para tal fin las conclusiones de los organismos internacionales competentes, sin que los resultados de la misma afecten en grado alguno la aplicación de las preferencias durante el mencionado trienio.
Hasta el presente, el SGP Andino ha tenido un trato especial y privilegiado con relación al régimen general del SGP en la Unión Europea, ya que no sólo permitía el ingreso preferencial de una amplia gama de productos andinos con arancel cero – frente a una cobertura y un margen de preferencia más reducidos para el común de los países beneficiarios del SGP europeo – sino que tampoco se le aplicaban las disposiciones generales del SGP sobre suspensión total o parcial de las preferencias, por distintos conceptos, para un país beneficiario o un sector de dicho país. Estas últimas disposiciones generales, sin embargo, ahora también se hacen extensivas al SGP Andino.En todo caso, y aún cuando la cobertura porcentual y el margen de preferencia promedio del SGP Andino han venido bajando a lo largo del tiempo, como consecuencia de los compromisos de reducción arancelaria asumidos por la UE al término de la Ronda Uruguay, las bondades socioeconómicas del instrumento han sido ampliamente demostradas.
En su período de mayor crecimiento, durante 1993-96, las exportaciones preferenciales andinas a la Unión Europea aumentaron en US$983 millones y generaron un mayor valor bruto de la producción por US$1.877 millones, para 119.000 nuevos puestos de trabajo, directos e indirectos, y una inversión de casi US$300 millones.
Aún en la actualidad, cuando la cobertura del SGP Andino se sitúa por debajo del 23%, su beneficio sigue siendo importante para la Subregión. En el año 2000, el SGP Andino amparó exportaciones preferenciales por US$1.275 millones, para una producción de US$2.532 millones, que generó alrededor de 160.000 empleos directos e indirectos.
Finalmente, el SGP Andino ha permitido la diversificación en las exportaciones andinas hacía la Unión Europea, evidenciada en el incremento en el número de partidas NANDINA efectivamente aprovechadas, las cuales aumentaron de 1.554 en 1991 a 1.923, en el 2000.
Los nuevos rubros dinámicos en las exportaciones andinas a la Unión Europea, comprenden numerosos productos químicos y agroalimentarios, determinados artículos metalmecánicos, joyería, cerámica, frutas y hortalizas, y bebidas alcohólicas y no alcohólicas