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Comunidad Andina aprueba norma comunitaria para un mejor control de sustancias químicas utilizadas en la droga

Comunidad Andina aprueba norma comunitaria para un mejor control de sustancias químicas utilizadas en la droga

Cusco, 7 dic. La Comunidad Andina se constituyó en el primer grupo regional en el mundo en adoptar una norma comunitaria para el control y la vigilancia de sustancias químicas que se utilizan en la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

Dicha norma fue aprobada por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en reunión ampliada con los titulares de Comercio Exterior en el marco de la Reunión Extraordinaria del Consejo Presidencial Andino que se desarrolla en el Cusco.

El objetivo de esta norma es dar a los países andinos una mayor capacidad conjunta de respuesta y la posibilidad de optimizar los parámetros en el control y vigilancia de la importación, exportación, transporte y cualquier otro tipo de transacción a nivel andino y desde terceros países, de las sustancias químicas.

Para efectos de una efectiva fiscalización a nivel comunitario, la norma comunitaria incluye una lista de sustancias químicas controladas ( Anexo I ) con sus nombres genéricos y químicos, el código CAS y sus respectivos códigos numéricos de la clasificación del Sistema Armonizado – NANDINA.
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Asimismo, establece los requisitos de importación, tránsito y trasbordo. Señala, por ejemplo que “quienes importen o exporten sustancias químicas controladas deberán acreditar, sin perjuicio de cumplir con los requisitos de registro, calificación, licencia e inscripción de acuerdo con la normativa interna de cada país y las autorizaciones correspondientes.

La norma comunitaria dispone que las autoridades administrativas competentes lleven un registro de personas naturales o jurídicas autorizadas a importar o exportar sustancias químicas controladas.

Dispone también que antes de la exportación y a través de sus autoridades competentes, el país andino notificará dicha exportación a la autoridad competente del país importador, utilizando el formulario elaborado por la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE).

La preocupación por el tema del control de los insumos químicos a nivel andino se manifestó en la Decisión 505 relativa al Plan Andino de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos, en junio de 2001 y luego en el primer Plan Operativo para la ejecución del Programa de Acción para la instrumentación de la mencionada Decisión, , en noviembre de 2001, en La Paz, Bolivia.